19 de marzo de 2009

Pedido de aplicación de la Ley de Cupo Femenino

En Jujuy los Derechos Politicos de las Mujeres no estan garantizados


La Delegación Jujuy del Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo INADI informa que la Presidenta del INADI Dra María José Lubertino solicitó al Gobernador de la Provincia Walter Barrionuevo que impulse ante la Legislatura Provincial, un proyecto de reforma del Código Electoral de la provincia con el fin de adecuarlo a los términos de la ley de Cupo Femenino 24012 y su decreto reglamentario 1246/2000 que garantizan la integración efectiva de las mujeres en la actividad política evitando la postergación que conlleva la exclusión de candidatas femeninas en las listas de candidatos/as con expectativa de resultar electos/as.
Por su parte, la Presidenta Cristina Fernández, en un discurso defendió el rol de las mujeres en la política, afirmando que la participación femenina "le da mayor calidad" a los espacios de toma de decisiones y repasó los mojones principales en la lucha por la participación de la mujer en la política. En ese sentido, consideró que tras la sanción de la Ley de Cupo Femenino y su incorporación en espacios de decisión, como la Corte Suprema, la "mujer dio un salto cualitativo y comenzó a formar parte en el sistema de decisiones". Cristina, destacó que la Ley de Cupo Femenino "fue una buena idea, ya que ejerce una discriminación absolutamente positiva".
Cabe recordar que el actual Código Electoral de la provincia no prevé mecanismos que garanticen el acceso en igualdad de oportunidades y trato a la mujer respecto de los cargos de representación política en el ámbito provincial, como ser la legislatura, las Comisiones Municipales y los Concejos Deliberantes.
En este sentido, la Delegación de la Provincia de Jujuy ha recibido exposiciones tanto de las organizaciones de mujeres de la sociedad civil, de la CTIO local, como de funcionarias del Ejecutivo Provincial y de las propias legisladoras y ex legisladoras, intendentas, concejalas y vocales de comisiones municipales de los distintos partidos políticos, respecto de las restricciones a la participación política de las mujeres.
Año a año, desde 1991, se han presentado a la Honorable Legislatura proyectos de ley respecto de la temática no siendo tratados en el recinto ninguno de los mismos. Si en alguna sesión extraordinaria u ordinaria de la Legislatura provincial se tratara la adhesión al adelantamiento de las elecciones de octubre y no se incluyera la reforma del código electoral por cupo femenino, no estarían garantizados los derechos políticos de las mujeres en la Provincia de Jujuy sean las elecciones en junio o en octubre.
La Ley 24.012 de cuotas o cupo femenino de 1991 fue sancionada con el fin de garantizar la igualdad de género y ampliar el espacio de decisión política, establece que las listas partidarias deberán estar integradas por mujeres en un mínimo del 30% de los candidatos a elegir con posibilidad de resultar electas. Esta ley debe llevarse adelante por medio de una unificación de criterios que posibilite su aplicación, especificando, de esa manera, los niveles de representación para cada sexo en las listas partidarias y brindar un mecanismo institucional para corregir paulatinamente el desequilibrio existente en los ámbitos de decisión entre los hombres y mujeres que se dedican a la política.
En 1994, la reforma de la Constitución avaló el “cupo femenino” reconociendo en el artículo 37 la igualdad real de oportunidades para hombres y mujeres. Desde su aplicación de la ley de cupo femenino, el Congreso argentino posee uno de los más altos porcentajes de representación femenina del mundo.
Según los expertos, los efectos de la ley 24.012 han sido los siguientes:
Ampliación del acceso de las mujeres a los cuerpos legislativos,
Acceso a posiciones de liderazgo en las comisiones parlamentarias,
Aumento de la actividad legislativa (firmas de mujeres en proyectos legislativos),
Inclusión de temáticas vinculadas a las mujeres en la agenda legislativa,
Garantía de la libertad positiva de las mujeres para representar a la ciudadanía sin conformar necesariamente representación de género,
Mayor peso relativo a proyectos de género,
Generación de mediaciones simbólicas a través de modelos identificatorios que promueven la visibilización de la actividad política como tarea de varones y mujeres,
Facilitación de la relación entre mujeres representantes y movimientos de mujeres,
Protección y ampliación de derechos expresados en los proyectos de género orientados a los ámbitos público y privado.

Asimismo Maria José Lubertino, afirmó en una entrevista a un medio de comunicación que: “Las mujeres luchamos para entrar en instituciones de la política. Nos costó años lograr el cupo femenino. Ahora que tenemos, por suerte, importante cantidad de mujeres en el parlamento, diputados y senadores, también se multiplicó en muchas provincias (menos en Jujuy); son muy pocas las provincias que no cuentan con la ley de cupo femenino. Además se logró modificar muchas leyes gracias a la presencia de mujeres en el parlamento: logramos avances en leyes importantes como las de salud sexual y reproductiva, la de violencia, y en la constituyente en el 94 la presencia de mujeres fue decisiva para incluir los temas de derechos humanos, medio ambiente y los indígenas, estos temas fueron planteados por mujeres”.

Fuente: PRENSA INADI-Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos http://www.inadi.gov.ar/

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