Presentado por los Concsejales Justicialistas Aguero y Lucardi
En la comisión de Concejo en Comisión se encuentra en estudio un proyecto de ordenanza que establece que toda compraventa de motos, motocicletas, motonetas, ciclomotores, motovehículos, triciclos, cuatriciclos y similares, nuevos o usados, que se realicen a través de agencias y/o comercios dedicados a tal fin, en forma exclusiva o no, se realicen con el respectivo casco incluido.
La norma, que fue impulsada por los concejales justicialistas Gustavo Agüero y Mario Lucardi, resalta que el casco incluido en toda compraventa como elemento de seguridad que cubre la cabeza en su parte superior o integralmente para protegerla de eventuales golpes, debe componerse de los siguientes elementos, entre otros: cáscara exterior dura, lisa, con el perfil de la cabeza y con un relleno amortiguador integral de alta densidad, que la cubre interiormente, de un espesor no inferior a veinticinco milésimas de metro (
También se destaca que el casco interiormente debe llevar una etiqueta claramente legible que diga: “Para una adecuada protección, este casco debe calzar adecuadamente y permanecer abrochado durante la circulación. Está diseñado para absorber un impacto a través de su destrucción o daño. Por ello, cuando ha soportado un fuerte golpe, debe ser reemplazado (aún cuando el daño no resulte visible).
En el artículo dos de la norma que todavía está en estudio, se establece una multa mínima de $2.000, a una máxima de $3.000, a los comercios y/o agencias, que no cumplan con lo que establece la norma.
La obligatoriedad del uso del casco protector es para los conductores y acompañantes de los vehículos mencionados anteriormente, habilitados para circular en la jurisdicción de
El incumplimiento traerá aparejado a los conductores y al o los propietarios de los vehículos, una sanción de multa de entre $500 a $1.000. Además podrá el Juez de Faltas Municipal, en virtud de los antecedentes del conductor, inhabilitar al mismo para conducir por un término que va de
La norma también establece que toda compraventa de los vehículos ya mencionados, que se realicen a través de agencias y/o comercios dedicados a tal fin en forma exclusiva o no, deberá ser con la entrega de toda documentación pertinente en regla, tanto la referida al Registro Nacional de
En este sentido, también se remarca que ningún rodado podrá ser entregado al comprador sin que se encuentre debidamente registrado a su nombre, tanto en el Registro Nacional de
Por último, el proyecto menciona que el Departamento Ejecutivo deberá iniciar y llevar a cabo, por los medios que considere más útiles, un plan de concientización del uso del casco.
Al respecto, los autores del proyecto, señalaron que “en la actualidad existe una grave situación que atenta contra la seguridad jurídica y vial, que se manifiesta en un alto porcentaje de motovehículos que no han sido registrados legalmente como disponen las normas vigentes”.
“Sin perjuicio de otra implicaciones jurídicas, la circulación de esos rodados por la vía pública implican un grave riesgo para la población en general, toda vez que resulta imposible identificar a los titulares de los mismos y, consecuentemente, la imposición de las sanciones correspondientes en su caso”.
Más adelante, destaca que “la necesidad de transporte de las personas, lleva a utilizar un modo inadecuado estos vehículos, transportando en ocasiones familias enteras. Regular la entrega de los motovehículos, como así también la entrega o venta obligatoria de sus respectivos cascos protectores, conllevaría a disminuir en forma sustantiva los numerosos accidentes de tránsito, de los cuales somos testigos diariamente”, finalizó.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario